Saltar al contenido
Martes, 27 de octubre de 2026
Actualidad y noticias, al instante
Economía /

Gas: quiénes mantienen la rebaja por Zona Fría y cómo acceder al beneficio adicional

La Secretaría de Energía estableció una bonificación automática para las zonas incluidas en el régimen y otra para determinados hogares de bajos ingresos que quedaron fuera de esa cobertura.

Por Griselda AyalaEmpleo público y economía · · hace 1 h
Gas: quiénes mantienen la rebaja por Zona Fría y cómo acceder al beneficio adicional

El Régimen de Zona Fría contempla una bonificación del 50% en la tarifa de gas para usuarios de las áreas alcanzadas, según la Resolución 299/2026 de la Secretaría de Energía. La medida comprende los consumos realizados desde el 13 de octubre, cuando entró en vigor la Ley 27.828.

El mapa vigente tiene una cobertura menor que el anterior. Cerca de 1,6 millones de hogares incorporados durante la ampliación de 2021 dejaron de percibir la rebaja automática por ubicación geográfica, entre ellos usuarios de Mar del Plata, Bahía Blanca, Tandil, Olavarría y Pergamino.

A quiénes alcanza el descuento del 50%

La bonificación general corresponde a usuarios residenciales y del Servicio General P ubicados en las regiones que integran el mapa del régimen. Se aplica a las tarifas de gas natural y de gas propano indiluido distribuido por redes.

Las distribuidoras y subdistribuidoras deben incorporar la reducción en la factura sin que sea necesario realizar una solicitud, de acuerdo con las instrucciones del Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad.

La bonificación adicional para hogares de bajos ingresos

Para determinados usuarios que quedaron fuera del esquema general, la resolución prevé una bonificación adicional del 20% sobre el Precio Anual Uniforme del gas, aplicada a los Consumos Base. El beneficio se suma al subsidio que ya reciben los inscriptos en el sistema de Subsidios Energéticos Focalizados, sin reemplazarlo. Para acceder, deben reunirse al mismo tiempo las siguientes condiciones:

  • Estar inscripto en el Registro de Subsidios Energéticos Focalizados.
  • Pertenecer a alguna de las subzonas bioambientales IIIa, IVa, IVb, IVc, IVd, V o VI, según la norma IRAM 11.603/12.
  • No estar incluido en el esquema general de bonificación del 50%.
  • Tener ingresos familiares de hasta tres Canastas Básicas Totales y cumplir los demás criterios socioeconómicos previstos en la ley.

La Subsecretaría de Eficiencia e Información Energética identificará a los beneficiarios mediante el cruce de los datos geográficos con el registro de subsidios. El padrón resultante quedará a disposición del ente regulador para que notifique a las distribuidoras.

Griselda Ayala, Empleo público y economía.

GA
Griselda AyalaEmpleo público y economía

Te puede interesar