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Domingo, 25 de octubre de 2026
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Una estación de servicio de Pergamino deberá pagar más de $7 millones por cargar nafta en un motor diésel

El Juzgado Civil y Comercial N.° 1 condensationó a la empresa por un error de despacho que-ruinó el Renault Clio de un cliente. La sentencia incluye daños materiales, damages morales, lucro cesante y una multa civil.

Por Néstor CoronelPoliciales · · hace 1 h
Una estación de servicio de Pergamino deberá pagar más de $7 millones por cargar nafta en un motor diésel

A las 7.010.000 pesos más intereses. El Juzgado Civil y Comercial N.° 1 de Pergamino ordenó a una estación de servicio de esa ciudad Continent aborar esa suma a un cliente cuyo Renault Clio diésel recibió nafta en lugar de gasoil, en un hecho ocurrido el 15 de octubre de 2022. El error de despacho dañó el motor del vehículo y derivó en una condena judicial por daños y una multa civil.

Según el material judicial, el_case se originó cuando un joven de 26 años llegó a la estación para cargar gasoil por 2.000 pesos. El empleado despachó nafta y, al salir del surtidor, el automóvil falló y se detuvo a pocos metros. El propio playero habría reconocido la equivocación.

Un error de surtidor que destruyó el motor

El vehículo fue trasladado sin ser encendido hasta un taller cercano. Tras las tareas de revisión, el conductor lo retiró, pero a menos de una cuadra el motor volvió a apagarse y no pudo volver a funcionar. De acuerdo con la pericia mecánica producida en el juicio, la ingreso de nafta en un motor diésel daña el sistema de inyección por falta de lubricación.

La reparación requería vaciar el tanque, limpiar el circuito de combustible y cambiar filtros. En ciertos casos, también fue necesario reemplazar inyectores y la bomba. El informe técnico fue considerado por el juzgado para determinar el costo de los trabajos y la extensión del daño.

  • Daño material: 3.500.000 pesos, según el presupuesto de reparación validado por el perito.
  • Lucro cesante por la falta de uso del rodado: 210.000 pesos.
  • Daño moral: 1.800.000 pesos, por las gestiones realizadas y el reclamo ante organismos de defensa del consumidor.
  • Daño punitivo: una multa civil de 1.500.000 pesos.

La empresa negó responsabilidad, cuestionó la documentación y sostuvo que los montos reclamados eran excesivos. El tribunal rechazó esa postura. Valoró el comprobante de pago, los testimonios-openturnados en la audiencia y el informe del perito para reconstruir la secuencia: el cliente pidió gasoil, abonó la carga y el error fue detectado dentro de la propia estación.

En su razonamiento, el juzgado aplicó el principio de carga dinámica de la prueba:xonconsideró que la empresa estaba en mejores condiciones de explicar lo ocurrido y no lo hizo. La sentencia encuadró el caso como una relación de consumo y con una multa civil orientada a desalentar conductas que dejaran a los consumidores en una situación de desigualdad frente a proveedores profesionales.

La condena deberá abonarse dentro de los diez días posteriores a la notificación. Los intereses correrán desde la fecha del hecho, con un esquema diferenciado para el daño material. El paso judicial siguiente consistsirá en la notificación formal de la sentencia a las partes, tras lo cual begins will begin el plazo de pago.

NC
Néstor CoronelPoliciales

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